¿Qué es el Convenio Regulador de un Divorcio? 

pesonas formando un  Convenio Regulador  de un Divorcio de mutuo acuerdo

Nuestra abogada expecialista en convenios regualadores en Tui considera la pieza clave de la buena gestión de un Divorcio/Separación la correcta elaboración, gestión y negociación del convenio regulador. 

De abordar con el máximo detalle la casuística específica de cada pareja en él, intentando solucionar, no solo la crisis familiar presente, sobre todo y también anticipando posibles problemas en el futuro, dependerá en gran medida la paz familiar de la pareja que se divorcia o separa.

Pues bien, el convenio regulador de un divorcio de mutuo acuerdo, es un documento que recoge los acuerdos alcanzados por los cónyuges de mutuo acuerdo que negocian los aspectos paternofiliares y patrimoniales de una crisis matrimonial para evitar  ir al divorcio contencioso.

¿Cuándo deberá acompañar la demanda de divorcio?

  • Cuando el divorcio lo soliciten ambos cónyuges de común acuerdo.
  • Uno solo de los cónyuges, con el consentimiento del otro.

¿Qué debe contener el convenio regulador?

  • Atribución del uso y disfrute de la vivienda , así como del ajuar familiar ( mobiliario y enseres domésticos )
  • La atribución de la guarda y custodia de los menores que podrá ser a uno solo de los progenitores, en cuyo caso será (custodia monoparental) o a ambos (custodia compartida).
  • Régimen de comunicación y visitas para el padre no custodio e incluso si fuera solicitado,  para los abuelos.
  • La contribución a las cargas del matrimonio  (gastos de la sociedad de gananciales como la hipoteca de la vivienda familiar, impuestos o asunción común de créditos personales de los que sean responsables la pareja) y pensión alimenticia de los hijos menores, o mayores de edad no independientes económicamente, así como las bases de actualización de dichas pensiones y todo lo referente a ellas.
  • Liquidación del régimen económico de la pareja, si procediera.
  • Fijación de pensión compensatoria de existir desequilibrio  económico entre los cónyuges al término del matrimonio.

¿Será necesaria la aprobación judicial del convenio ?

Sí, porque una vez negociado y firmado por los cónyuges, se acompañará con la Demanda de Mutuo Acuerdo presentándose ante el juzgado para que una vez admitida a trámite y ratificado por ambos esposos en sede judicial, sea aprobado, primero por el Ministerio fiscal (si hay menores)  una vez que emita informe favorable, el juez lo aprobará dictando sentencia en la que estime el divorcio y apruebe el convenio que lo regirá.

¿Y si alguna de las partes  incumple lo pactado en el convenio?

Desde que se dicta sentencia que apruebe el convenio regulador, todo lo acordado podrán hacerse efectivos por la vía de apremio. Es decir, se podrá presentar demanda ejecutiva instando el cumplimento por la fuerza del convenio, por ejemplo en caso de Impago de Pensiones Alimenticias

¿ Puede modificarse el convenio una vez aprobado?

Siempre que cambien las circunstancias en las que se firmó, las partes podrán pedir cuantas veces necesites el cambio de las medidas definitivas acordadas, instando el correspondiente procedimiento de modificación de medidas.