¿Puedo ser multado si difundo “fake news” sobre el COVID-19 ?

coronavirus, fake news

Desde MF Abogados Tui hemos decidido aconsejar ante la alarma surgida con este asunto, la importancia y peligro de no ser muy rigurosos tanto con la fiabilidad de la información que recibimos, como con la información que reenviemos sobre esta enfermedad porque de no hacerlo podríamos incurrir en un delito tipificado en el art . 561 CP. ”

La reforma del Código Penal (CP) llevada a cabo por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, afectó a la configuración de los delitos de desórdenes públicos.

Concretamente, al reformularse el delito de alarmas falsas (art. 561 CP) desapareció la necesidad  de concurrencia con el «ánimo de atentar contra la paz pública».

Es decir,  desde la reforma penal de 2015, “se castiga la mera «alteración de la paz pública”  ya no se necesita probar que existía intención de alterar la paz pública para que se cumpla el tipo y nos lo puedan imputar, no es importante la intención para que nos imputen el delito de alarma falsa  ¿Por qué considero importante esta precisión?

Porque la proliferación de fake news en las redes sociales sobre el coronavirus / COVID-19 banalizado el daño real que generan entre la población podríamos incurrir sin ser conscientes de ello en la comisión de un delito de alarmas falsas tipificado en el art 561 del CP:

Quien afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro a consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro, y con ello provoque la movilización de los servicios de policía, asistencia o salvamento, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses”

¿ De cuanto es la pena por compartir fake news sobre el covid -19 ?

Penas de prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses

¿Dónde denunciar los fake news sobre el  COVID-19 ?

En general, los bulos que detectemos en las redes sobre el coronavirus o sobre cualquier otro asunto deberemos denunciarlo ente la Unidad de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil o Cuerpo Nacional de Policía. Es recomendable acompañar una captura de pantalla que objetive el hecho denunciado cuando lo pongamos en conocimiento de la autoridad competente. 

¿Dónde contrastar la información sobre el ?

Contamos con páginas web como la del Ministerio de Sanidad español o la propia Organización Mundial de la Salud -OMS- donde podemos obtener información veraz actualizada desconfiando de los mensajes con peticiones de reenvío o todas aquellas con marcado cariz sensacionalista o alarmante.

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